Idioma extranjero |
Reglamentación sobre idioma extranjeroI. Estudiantes nuevos o antiguos (códigos 1991-1 y posteriores)Desde 1999 en adelante, los estudiantes deben cumplir con dos requisitos de lengua:
A. Requisito lectura en inglés: demostrar un alto nivel de comprensión de lectura en inglés Para cumplir con el requisito de lectura en inglés (que debe cumplirse antes de iniciar el quinto semestre de la carrera), los estudiantes deben satisfacer cualquiera de los siguientes requerimientos:
B. Requisito de dominio de una segunda lengua: demostrar el dominio de una lengua extranjera, tanto en comprensión como en expresión oral y escrita. El estudiante con código igual o superior a 1999-1 puede cumplir con el requisito de dominio de una segunda lengua (inglés, francés, alemán o italiano, exclusivamente) por medio de alguna de las siguientes tres modalidades: B.1. Modalidad de exámenes internacionales: el estudiante debe presentar alguno de los exámenes relacionados en la siguiente tabla y obtener, como mínimo, los siguientes puntajes:
B.2. Modalidad de cursos de lenguajes en Uniandes (solo en inglés): el estudiante debe cursar y aprobar los niveles de inglés IV, V y VI (equivalentes a LENG1104, LENG1105 Y LENG1106), que dicta el Departamento de Lenguajes y Estudios Socioculturales, previo cumplimiento del requisito de lectura en inglés (ver A). B.3. Modalidad de homologaciones: el estudiante cumple con el requisito de dominio de una segunda lengua, si a su ingreso a la Universidad domina alguno de los cuatro idiomas mencionados (inglés, francés, alemán o italiano), lo que debe acreditar por medio de los siguientes documentos o certificados:
*Con los diplomas de inglés se entiende que el estudiante ya ha cumplido con el requisito de inglés lectura. ** En el caso de cumplir con el requisito de una segunda lengua con francés, alemán e italiano, los estudiantes deben acogerse a lo previsto en el numeral A, correspondiente al requisito lectura en inglés. II. Estudiantes con códigos 1996-1 a 1998-2Los estudiantes que ingresaron a la Universidad entre el priemr semestre de 1996 y el segundo semestre de 1998 podrán aprobar el requisito de dominio de una segunda lengua, si cumplen con cualquiera de los siguientes requerimientos: A. Modalidad de exámenes internacionales Los exámenes internacionales previstos para dichos códigos son:
*550, 213, u 80 para estudiantes de los programas de Literatura, Filosofía, Arte, Derecho y Música y 500,173 o 61 para estudiantes de otros programas. B. Homologaciones La modalidad de homologaciones está regida de acuerdo con la siguiente tabla:
C. Modalidad de cursos Acogerse por escrito ante el Departamento de Lenguajes y Estudios Socioculturales a la normatividad establecida para los estudiantes con códigos 1999-1 y posteriores. En dicho caso, se entiende que los estudiantes podrán cumplir el requisito de una segunda lengua cumpliendo con la modalidad de cursos de lenguajes en Uniandes (ver B.2 ), la modalidad de homologaciones (ver B.3 ) o con la modalidad de exámenes internacionales, acogiéndose a los puntajes mínimos indicados en el numeral B.1 III. Estudiantes que ingresaron en el segundo semestre de 1995 o antesDeben cumplir con los niveles de inglés que los programas académicos contemplaban en esa época, para lo cual deben cumplir un total de nueve créditos distribuidos en tres cursos 06113, 06114 y 06115, que hoy en día corresponden a LENG1101, LENG1102 y LENG1103. IV. ProcedimientoA. Para cumplir con el requisito de lectura en inglés, los estudiantes deberán: B. Para cumplir con el requisito de dominio de lengua extranjera, los estudiantes deberán: V. VigenciaLa presente reglamentación rige a partir de la fecha de su aprobación. |
Última actualización: Agosto de 2012 © Universidad de los Andes 2001 - 2012 |